Derecho sucesorio
Posesión efectiva y herencias en Temuco
Mientras la herencia no se tramita, los bienes quedan congelados: no se pueden vender, ni hipotecar, ni repartir. Es el trámite que más se posterga y el que más problemas causa a la generación siguiente.
Qué es la posesión efectiva
Es la resolución que reconoce quiénes son los herederos de una persona fallecida y les permite disponer de sus bienes. Sin ella, el vehículo sigue a nombre del causante, la casa no se puede transferir, la cuenta bancaria permanece bloqueada y ninguna notaría autorizará una venta.
El camino depende de si hubo testamento. Si la herencia es intestada, esto es, sin testamento, se tramita administrativamente ante el Registro Civil. Si hay testamento, la tramitación es judicial y pasa por el tribunal competente, que además debe ordenar su apertura, publicación y protocolización.
Por qué conviene no dejarlo pasar
El impuesto a las herencias se determina sobre el valor de los bienes y admite deducciones y exenciones que se aprovechan mejor cuando la tramitación se hace a tiempo. Postergarla suma recargos e intereses.
Pero el costo mayor no es tributario. Cuando pasan diez o veinte años, los herederos originales fallecen y aparecen herederos de herederos: lo que era un trámite entre tres hermanos se convierte en una gestión con quince personas dispersas, algunas ilocalizables, y cualquier decisión sobre el bien exige la voluntad de todas. Es la causa de una parte enorme de los predios irregulares de La Araucanía.
Partición: cuando hay que repartir
Obtenida la posesión efectiva, los herederos quedan como comuneros sobre los bienes. Si hay acuerdo, la partición puede hacerse por escritura pública, que es la vía más rápida y económica. Si no lo hay, procede la partición ante un juez árbitro.
También puede ocurrir que uno de los herederos ocupe el inmueble excluyendo a los demás, o que administre los bienes sin rendir cuentas. Hay acciones para ambas situaciones, y conviene ejercerlas antes de que el conflicto familiar se vuelva irreversible.
Testamentos
Un testamento no sirve para desheredar a quien la ley protege —las asignaciones forzosas existen y no se pueden burlar—, pero sí para ordenar la parte de libre disposición, designar albacea, adjudicar bienes determinados a personas determinadas y, sobre todo, para evitar que sus hijos litiguen entre ellos.
Redactarlo bien cuesta muy poco comparado con lo que cuesta un juicio de partición. Es una de las gestiones donde la asesoría preventiva rinde más.
Otras gestiones no contenciosas
El estudio tramita además inventarios solemnes, declaraciones de muerte presunta, herencias yacentes con nombramiento de curador, interdicciones por demencia o disipación, nombramiento de guardadores, cambios de nombre y rectificación de partidas del estado civil.
Son procedimientos en que nadie se opone a nadie, pero que igualmente requieren tramitación judicial correcta: un error en la publicación o en la notificación obliga a empezar de nuevo.
Honorarios
La mayoría de estas gestiones tiene un valor fijo conforme a los aranceles referenciales, sin componente variable, de modo que usted sabe desde el principio cuánto costará. Primera consulta gratuita, sin anticipo y en cuotas convenidas.
Vea los valores en el cotizador en línea o en la tabla completa de aranceles.
¿Tiene una herencia sin tramitar?
Traiga el certificado de defunción y una idea de qué bienes hay. Con eso podemos decirle qué vía corresponde y cuánto demora.